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Celulares en las escuelas: qué permite la nueva ley bonaerense

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teléfonos celulares en las escuelas

Los estudiantes secundarios podrán ingresar con sus teléfonos, pero tendrán restricciones teléfonos para usar celulares en las escuelas durante las clases. La normativa contempla excepciones educativas y sanitarias y se complementa con medidas contra el acoso digital.

El uso de los teléfonos celulares en las escuelas plantea una discusión que atraviesa a docentes, familias y estudiantes: cómo aprovechar las posibilidades de la tecnología sin que interfiera en el aprendizaje ni se convierta en una herramienta para ejercer violencia contra otros compañeros.

En las aulas, los dispositivos permiten acceder a información, consultar materiales y desarrollar actividades educativas. Sin embargo, también pueden utilizarse para revisar redes sociales, enviar mensajes, grabar situaciones sin autorización o difundir imágenes que afectan la privacidad de otras personas. Esa convivencia entre oportunidades y riesgos impulsó nuevas iniciativas para regular su presencia en el sistema educativo bonaerense.

La respuesta legislativa apunta a establecer límites durante la cursada y, al mismo tiempo, reforzar la educación sobre el comportamiento responsable en internet. El objetivo es que las escuelas dispongan de pautas comunes para ordenar el uso de las pantallas y actuar frente a situaciones de hostigamiento digital.

Celulares en las escuelas: cuáles son las reglas

La nueva regulación establece que los alumnos de las escuelas secundarias bonaerenses pueden llevar sus teléfonos celulares al establecimiento, aunque no pueden utilizarlos durante las horas de cursada.

La disposición distingue entre tener el dispositivo consigo y utilizarlo mientras se desarrollan las actividades escolares. Por lo tanto, la medida no establece una prohibición general de ingreso de los teléfonos, sino una limitación sobre su utilización durante las clases.

La normativa contempla dos excepciones principales. La primera corresponde a las actividades pedagógicas que requieran el uso de pantallas, siempre que exista una finalidad educativa expresa y la autorización del docente. La segunda alcanza situaciones particulares relacionadas con la salud del estudiante.

El debate por las pantallas en las escuelas

En el ámbito educativo, esta distinción permite que el celular pueda funcionar como una herramienta de aprendizaje cuando su utilización esté justificada. La tecnología puede facilitar el acceso a determinados recursos, pero su incorporación debe responder a una actividad planificada y no a una decisión individual ajena al desarrollo de la clase.

La excepción sanitaria, por su parte, reconoce que pueden existir necesidades particulares que justifiquen el uso del dispositivo. En esos casos, el motivo de salud debe ser el fundamento de la autorización.

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La regulación también supone una responsabilidad para los establecimientos, que deberán transmitir las pautas de funcionamiento a sus comunidades educativas. La claridad en la comunicación será importante para que estudiantes y familias comprendan qué usos están restringidos y en qué circunstancias pueden admitirse excepciones.

La decisión extiende al nivel secundario criterios que ya se aplicaban en las escuelas primarias a partir de la Ley provincial N.º 15.534. De esta forma, la provincia busca avanzar hacia una regulación que abarque ambos niveles educativos.

El vínculo entre las pantallas y el acoso digital

La limitación del uso de celulares se aprobó junto con la denominada Ley Ema, una iniciativa que aborda un problema diferente, aunque relacionado con la presencia de la tecnología en la vida de los adolescentes: la violencia digital.

La legislación lleva ese nombre en memoria de Ema Bondaruk, una adolescente de 15 años de Longchamps que murió por suicidio en agosto de 2024, después de que un video íntimo suyo se difundiera sin consentimiento en su entorno escolar.

A partir de esa tragedia, su madre, Laura Sánchez, impulsó una propuesta para prevenir nuevos episodios. El trabajo comenzó con una guía orientada a la prevención y avanzó posteriormente hacia una iniciativa legislativa, desarrollada con la participación de organizaciones y especialistas.

La ley incorpora la ciudadanía digital segura a la formación educativa y establece contenidos obligatorios vinculados con el consentimiento, la privacidad, los derechos digitales y el uso crítico de la tecnología.

La propuesta parte de una idea central: no alcanza con advertir a los adolescentes sobre los peligros de internet. También es necesario que comprendan por qué compartir una imagen privada sin autorización constituye una vulneración de derechos y qué consecuencias puede provocar esa conducta en la vida de otra persona.

Además, se dispone la capacitación obligatoria de los docentes y la actualización de los protocolos escolares para intervenir ante situaciones de violencia digital.

El alcance de la normativa incluye el ciberbullying, el hostigamiento, la sextorsión, la difusión no consentida de material íntimo —también conocida como pornovenganza— y los discursos de odio misóginos en espacios virtuales.

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Estas conductas pueden desarrollarse fuera del horario escolar, pero sus consecuencias pueden trasladarse al aula, afectar los vínculos entre compañeros y perjudicar el bienestar de quienes las sufren.

Inteligencia artificial y nuevos riesgos para los adolescentes

La preocupación por el acoso digital también está vinculada con la circulación de imágenes manipuladas mediante herramientas de inteligencia artificial. Se registraron situaciones en las que estudiantes utilizaron estas tecnologías para crear imágenes falsas de alumnas y compartirlas dentro de sus entornos escolares.

La posibilidad de alterar imágenes reales y distribuirlas rápidamente agrega dificultades a la prevención de la violencia digital. Aunque un contenido haya sido generado artificialmente, su difusión puede afectar la intimidad, la reputación y la seguridad de la persona representada.

En ese escenario, la formación sobre consentimiento y privacidad adquiere una importancia especial. Los estudiantes necesitan comprender que la disponibilidad de una herramienta tecnológica no habilita cualquier uso y que la circulación de contenidos puede provocar daños incluso cuando se presenta como una broma.

La capacitación docente y los protocolos de actuación previstos por la Ley Ema buscan aportar criterios para abordar estas situaciones. La intervención escolar requiere reconocer el problema, proteger a quienes resulten afectados y evitar que la respuesta institucional agrave la exposición de las víctimas.

La regulación del celular durante las clases y las disposiciones contra el acoso digital tienen alcances diferentes. Una establece límites al uso de las pantallas en el ámbito educativo; la otra promueve la prevención, la formación y la actuación ante distintas formas de violencia en internet.

Ambas medidas abren una nueva etapa para las escuelas bonaerenses, que deberán integrar las reglas sobre dispositivos con una política de convivencia y educación digital. El desafío será lograr que las restricciones se comprendan y se apliquen de manera coherente, sin desconocer los usos pedagógicos o sanitarios autorizados.

La discusión, además, excede el tiempo que los adolescentes pasan frente a una pantalla. También involucra la responsabilidad con la que utilizan las herramientas digitales, el respeto por la intimidad ajena y la capacidad de las instituciones para intervenir cuando la tecnología se convierte en un medio de hostigamiento.

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