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Partidos políticos bonaerenses: qué implica perder la personería electoral
Veinte partidos políticos de la provincia de Buenos Aires perdieron su personería política por incumplimientos legales. La decisión limita su participación electoral y afecta a agrupaciones municipales.
La pérdida del reconocimiento electoral puede modificar el futuro de una organización política, incluso cuando conserva dirigentes, militantes y presencia en el territorio. Sin la personería correspondiente, un partido deja de contar con la habilitación asociada a su inscripción electoral y no puede presentarse con ese sello en las condiciones que tenía hasta entonces.
Ese escenario quedó planteado en la provincia de Buenos Aires después de que la Junta Electoral declarara la caducidad de 20 personerías, correspondientes a tres partidos provinciales y 17 agrupaciones municipales. La decisión se fundamentó principalmente en el incumplimiento de los requisitos de afiliación establecidos por la normativa.
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Entre los espacios alcanzados hay partidos vecinales que llegaron a gobernar municipios y agrupaciones que buscaban sostener una identidad política propia. La medida obliga a distinguir entre la continuidad de esas organizaciones como entidades privadas y su capacidad legal para intervenir en elecciones bajo la personería que perdieron.
Partidos políticos bonaerenses: qué significa la baja
La personería jurídico-política es el reconocimiento que permite a una agrupación actuar formalmente como partido dentro del sistema electoral. Su vigencia está sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas por la legislación, entre ellas los requisitos vinculados con la cantidad mínima de afiliados.
La Junta Electoral bonaerense aplicó principalmente el artículo 46, inciso f, del Decreto-Ley 9889/82, que prevé la caducidad cuando una fuerza no mantiene el número mínimo de afiliaciones exigido. Las resoluciones fueron fechadas el 16 de octubre de 2026 y publicadas el 23 de octubre.
El proceso no comenzó con la decisión definitiva. En marzo, las organizaciones que presentaban incumplimientos habían sido intimadas a regularizar su situación. En julio recibieron una prórroga para completar las afiliaciones y acreditar que cumplían las condiciones requeridas.
Una vez agotados los plazos, las verificaciones administrativas permitieron determinar cuáles no habían presentado las constancias necesarias. Para esas fuerzas, la Junta dispuso cancelar la inscripción en el registro electoral.
La medida tiene una consecuencia concreta: los partidos no pueden seguir participando de los comicios con la personería que fue declarada caduca. Esto no significa necesariamente que desaparezcan sus integrantes, que se disuelvan todos sus espacios de militancia o que sus dirigentes deban abandonar la actividad política.

La diferencia es importante. Una organización puede subsistir como entidad privada y mantener vínculos entre sus integrantes, pero eso no equivale a contar con reconocimiento como partido habilitado para competir electoralmente. Cualquier intento de recuperar esa condición debe ajustarse a los procedimientos y requisitos previstos por la normativa.
Los sellos afectados y su trayectoria
Entre las tres fuerzas provinciales que perdieron su personería figuran Construyendo Porvenir, Política Abierta para la Integridad Social (PAIS) y Tiempo de Todos. En el último caso, la resolución también invocó el inciso d del artículo 46, además del incumplimiento relacionado con las afiliaciones.
Las otras 17 bajas corresponden a agrupaciones municipales de 16 distritos bonaerenses. La nómina incluye organizaciones del conurbano y del interior, con distintos niveles de actividad pública y antecedentes electorales.
En Azul, la medida alcanzó a Nuevo Azul, espacio que llevó a Hernán Bertellys a la intendencia entre 2015 y 2023. La agrupación también estuvo vinculada con la candidatura de Alejandro Vieyra en las elecciones municipales de 2023.
En Salliqueló, Unión Vecinal fue el sello con el que Juan Miguel Nosetti llegó a la intendencia en 2019. Cuatro años después volvió a competir, esta vez dentro de Juntos por el Cambio, pero perdió frente a Ariel Succurro, de Unión por la Patria. Ahora, la agrupación también quedó fuera del registro de partidos con personería vigente.
La lista completa de fuerzas municipales afectadas comprende:
- Nuevo Azul, de Azul.
- Acción Municipal de Berisso (AMUBE), de Berisso.
- Ahora Pilar, de Pilar.
- Proyecto Escobar, de Escobar.
- Nosotros Elegimos Estar Esteban Echeverría, de Esteban Echeverría.
- Vecinos Unidos, de Exaltación de la Cruz.
- Acción Vecinal General Villegas, de General Villegas.
- Ituzaingó Vecinal, de Ituzaingó.
- Agrupación Municipal Primero Lobos, de Lobos.
- Unidos por Lomas, de Lomas de Zamora.
- Alternativa Vecinal La Costa y Unidos por la Costa, del Partido de La Costa.
- Diálogo Pergaminense, de Pergamino.
- Unión Vecinal Salliqueló, de Salliqueló.
- Compromiso para Crecer, de San Nicolás.
- Opción Vecinal para el Progreso de Tigre, de Tigre.
- Vecinos Independientes Vicente López (VIVILO!), de Vicente López.
La distribución geográfica refleja el alcance de la medida: las bajas comprenden a agrupaciones de municipios del norte, oeste y sur del conurbano, además de distintas localidades del interior provincial.
El desafío de sostener una estructura partidaria
La resolución pone de relieve una exigencia que no siempre ocupa el centro de la discusión pública: mantener una personería política requiere cumplir obligaciones administrativas, además de desarrollar actividad territorial o presentar candidatos.
El número de afiliados funciona como uno de los criterios legales para determinar si una agrupación conserva las condiciones para actuar como partido. Si no acredita el mínimo exigido, puede perder el reconocimiento, aunque haya participado en elecciones anteriores o haya tenido representantes en cargos públicos.
Para los espacios vecinales, el impacto puede ser particularmente significativo. Su identidad suele estar asociada con una denominación local y con una trayectoria construida alrededor de un municipio. La pérdida de la personería obliga a evaluar cómo continuar la actividad política y qué alternativas legales existen para competir en futuras convocatorias.
En términos institucionales, la baja tampoco debe confundirse con una prohibición general para que los antiguos integrantes participen de la política. La decisión afecta a la personería de las organizaciones y al uso electoral de esos sellos, no elimina por sí misma los derechos políticos individuales de sus dirigentes o afiliados.
La posibilidad de obtener nuevamente reconocimiento depende del cumplimiento de los procedimientos legales correspondientes. No se trata de una recuperación automática ni basta con mantener el nombre o la estructura anterior: deben satisfacerse las condiciones que establezca la normativa aplicable.
Con las 20 caducidades, la Junta Electoral bonaerense avanzó en el control de las condiciones formales que deben cumplir las fuerzas partidarias. Para las agrupaciones afectadas, el desafío inmediato será definir cómo sostener su actividad y, si buscan volver a competir con una estructura propia, qué pasos deberán seguir para recuperar el reconocimiento electoral.









