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Nuevo acuerdo en la paritaria mercantil con revisión en marzo 2026

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Las cámaras empresarias y FAECyS cerraron un nuevo acuerdo en la paritaria mercantil con sumas fijas no remunerativas hasta marzo de 2026 y una cláusula de revisión ante cambios económicos.

En un contexto económico desafiante, las entidades empresarias del sector y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) alcanzaron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria mercantil. El entendimiento establece incrementos a través de sumas fijas no remunerativas y una instancia de revisión prevista para marzo de 2026, con el fin de sostener el poder adquisitivo de los trabajadores y otorgar previsibilidad a las empresas.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) rubricaron junto a FAECyS un acta que regirá los salarios desde julio de 2025 hasta abril de 2026.

Suma fija no remunerativa: eje de la paritaria mercantil

El acuerdo establece el pago de una suma fija no remunerativa de $60.000 mensuales en carácter de recomposición salarial. Este monto será abonado en los meses de diciembre, enero, febrero y marzo, extinguiéndose mes a mes tras su pago. Sin embargo, el último desembolso —correspondiente a marzo de 2026— tendrá un tratamiento especial: se incorporará a los básicos en abril de 2026, aumentando de forma permanente las escalas salariales.

Asimismo, las partes consensuaron prorrogar hasta marzo de 2026 la suma fija no remunerativa de $40.000 que había sido acordada previamente el 26 de junio de 2025, manteniendo las mismas condiciones vigentes desde su implementación.

Este esquema de aumentos por sumas fijas busca otorgar un refuerzo directo al ingreso mensual de los trabajadores, en un contexto donde la estabilidad de precios continúa siendo un desafío para los salarios formales.

Vigencia hasta abril de 2026 y revisión económica

El convenio regirá desde el 1° de julio de 2025 hasta el 30 de abril de 2026, abarcando la mayor parte del ejercicio anual. No obstante, las partes se comprometieron a retomar el diálogo en marzo de 2026, momento en el que revisarán la evolución económica para evaluar la necesidad de nuevas actualizaciones o ajustes.

Esta cláusula de revisión se incorpora como una herramienta fundamental para evitar desfasajes significativos entre los salarios y el ritmo inflacionario, garantizando un mecanismo de corrección acordado entre sindicatos y empresas.

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Alcance del acuerdo y excepciones territoriales

El documento aclara que los incrementos establecidos no son vinculantes para los acuerdos salariales que se negocien específicamente en el ámbito de la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego. Sin embargo, se establece que las sumas resultantes de estos incrementos constituirán el mínimo convencional vigente una vez homologado el acuerdo general.

De esta manera, se mantiene la autonomía de las negociaciones locales sin afectar el piso salarial que ampara a todos los trabajadores mercantiles del país.

Con este entendimiento, el sector Comercio —uno de los más numerosos del país— suma un nuevo capítulo en su negociación paritaria, orientado a acompañar el ingreso de los trabajadores frente a la inflación y, al mismo tiempo, otorgar certidumbre a las empresas en un contexto de variabilidad económica.

La combinación de sumas fijas, incorporación futura al básico y revisión programada conforma una estrategia que busca sostener el equilibrio entre salario, empleo y actividad comercial en los próximos meses.

@forcam.autos @forcam9dejulio
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