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Personal doméstico: ARCA modifica los recibos de sueldo
La nueva normativa de ARCA introduce una liquidación salarial asistida para el personal doméstico y detalla cómo consultar recibos, verificar contribuciones y completar aportes de salud.
Los empleadores de trabajadores de casas particulares contarán con una nueva modalidad para preparar los recibos de sueldo, mientras que los empleados registrados tendrán herramientas digitales para consultar información sobre sus salarios y aportes. La actualización forma parte de una modificación del régimen administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que incorpora cálculos automáticos y precisa distintos procedimientos relacionados con los comprobantes laborales.
La iniciativa busca facilitar las liquidaciones y mejorar el acceso a la información registrada en los sistemas oficiales. Al mismo tiempo, mantiene una condición central: aunque la plataforma sugiera importes y simplifique parte del trámite, la responsabilidad por la exactitud de los datos y el cumplimiento de las obligaciones seguirá en manos del empleador.
La nueva herramienta para liquidar salarios
El cambio quedó establecido mediante la Resolución General 5912/2026, que modifica la Resolución General 3693, relacionada con las modalidades de pago de aportes y contribuciones del régimen de casas particulares.
La principal novedad es la incorporación de la función “Recibo Asistido” dentro del servicio digital “Personal de Casas Particulares”. Mediante esta herramienta, el sistema utilizará información que ya se encuentre registrada ante ARCA y los datos que aporte el empleador para calcular determinados componentes de la liquidación salarial.
El procedimiento comenzará con el ingreso al sitio oficial mediante clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior. Después, el empleador deberá seleccionar al trabajador y acceder a la opción “Generar recibo de sueldo”.
La plataforma solicitará el período que se liquidará, la modalidad de pago, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas. Con esos datos, generará una propuesta con los conceptos que pueda calcular automáticamente.
La liquidación inicial funcionará como una referencia para completar el comprobante, pero no será necesariamente el resultado definitivo. El usuario podrá aceptar los importes sugeridos o rechazarlos y modificar los campos habilitados para ingresar los valores que correspondan.
También estará disponible el apartado “Adicionales y Descuentos”, que permitirá incorporar conceptos mediante un menú de opciones predefinidas. Una vez revisados los datos, el empleador deberá confirmar la operación para emitir el recibo electrónico.
Qué obligaciones seguirán a cargo del empleador
La incorporación de una herramienta automatizada no implica que ARCA asuma la responsabilidad por la liquidación de cada salario. La normativa establece que los empleadores deberán controlar los cálculos, corregir los importes cuando sea necesario y asegurarse de que el comprobante incluya todos los conceptos correspondientes al vínculo laboral.

Esta precisión es importante porque los datos que utiliza el sistema dependen, en parte, de la información que se ingresa. Si las horas, la remuneración o cualquier otro dato relevante no reflejan las condiciones reales del trabajo, la liquidación preliminar podría requerir modificaciones.
La obligación de emitir el recibo electrónico también quedó precisada dentro de la actualización del régimen. La validación de identidad mediante la clave fiscal funcionará como requisito de autenticidad del documento generado por la plataforma, por lo que no se exigirá otra firma del empleador para ese comprobante digital.
El recibo deberá conservar, no obstante, los datos exigidos por la legislación laboral y el detalle de los conceptos liquidados. La digitalización no elimina la obligación de documentar adecuadamente el salario ni reemplaza el cumplimiento de las condiciones laborales aplicables.
La norma contempla, además, los pagos en efectivo y los casos en que el trabajador solicite una constancia impresa. En esas situaciones, el comprobante deberá imprimirse por duplicado. El original será entregado al empleado, mientras que el empleador conservará la copia con la firma de conformidad por la recepción del pago.
De esta manera, el procedimiento busca compatibilizar la emisión digital con las situaciones en las que las partes necesitan disponer de documentación en papel.
Cómo consultar aportes y acceder a la cobertura de salud
La actualización también detalla las herramientas disponibles para que los trabajadores registrados controlen sus aportes y contribuciones. A través del servicio digital, podrán ingresar a “Ver Aportes” para consultar las constancias de pago y utilizar la sección “Detalle del Trabajo” para revisar el recibo de sueldo emitidos por sus empleadores.
Además, la plataforma “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos” permitirá verificar los pagos correspondientes a cada período mensual, identificar posibles saldos pendientes y calcular los intereses vinculados con pagos realizados fuera de término.
Para cancelar esos intereses, el sistema contempla la posibilidad de imprimir los formularios correspondientes, entre ellos los F. 102/RT, F. 1350 y F. 575/RT, según se trate de obligaciones del empleador o de pagos voluntarios efectuados por el trabajador.
Otro punto de la actualización está relacionado con el acceso al Sistema Nacional del Seguro de Salud. El régimen contempla la posibilidad de realizar aportes voluntarios para los trabajadores cuya carga horaria no alcance el umbral necesario para acceder a la cobertura mediante el aporte obligatorio, así como para quienes busquen incorporar integrantes de su grupo familiar primario.
En el caso del trabajador titular, podrá abonarse mensualmente la diferencia entre el aporte correspondiente a una jornada de 16 horas semanales o más y el monto obligatorio ingresado por uno o varios empleadores. Ese pago adicional permitirá completar el aporte previsto para acceder al Programa Médico Obligatorio (PMO).
Para incorporar a cada integrante del grupo familiar primario, se deberá pagar un importe equivalente al aporte establecido para quienes trabajan 16 horas semanales o más. La normativa determina que el 15% de esos montos se destinará al Fondo Solidario de Redistribución.
Los pagos voluntarios deberán realizarse mediante el volante F. 575/RT y no podrán ser inferiores a la cotización mínima prevista por la normativa vigente, incluido el aporte correspondiente al fondo mencionado.
La modificación combina así una herramienta para simplificar los recibos de sueldo con precisiones sobre la consulta de aportes y las contribuciones destinadas a la cobertura sanitaria. Para empleadores y trabajadores, conocer las opciones disponibles y revisar la información registrada será fundamental para aprovechar los servicios digitales y detectar eventuales diferencias en los pagos.








