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ARCA extendió el plazo para definir quién es pequeño contribuyente
La ARCA postergó hasta el 23 de octubre la definición de pequeño contribuyente y vinculó el cambio con el nuevo vencimiento de Ganancias para personas humanas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el calendario previsto para establecer la caracterización de pequeño contribuyente correspondiente a 2026 y fijó una nueva fecha para ejecutar el proceso automático.
La decisión alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas que puedan reunir las condiciones previstas por la normativa tributaria. El procedimiento, que habitualmente se realiza en septiembre, fue trasladado excepcionalmente al 23 de octubre de 2026.
La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5902/2026, publicada en el Boletín Oficial, y responde principalmente a la modificación del vencimiento para presentar las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias correspondientes al ejercicio fiscal 2025.
La presentación de Ganancias para las personas humanas y sucesiones indivisas alcanzadas por la normativa fue prorrogada hasta el 13 de octubre de 2026. Por ese motivo, ARCA consideró necesario contar con un margen adicional antes de ejecutar la caracterización.
El nuevo plazo para pequeño contribuyente
La condición de pequeño contribuyente no se determina simplemente a partir de una solicitud individual, sino mediante un proceso sistémico que realiza ARCA utilizando información registrada en sus sistemas.
La normativa establece que la caracterización se efectúa el anteúltimo día hábil de septiembre de cada año y alcanza a determinados sujetos que registraron inscripción en Ganancias, Bienes Personales o Monotributo durante el año calendario anterior, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Para 2026, sin embargo, ese calendario fue modificado de manera excepcional.
El motivo central es que el procedimiento toma en cuenta información proveniente de la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal anterior. Si el vencimiento para presentar esa declaración se encuentra todavía abierto, el organismo no dispone necesariamente de toda la información que necesita para realizar correctamente la evaluación.
Por esa razón, ARCA decidió esperar hasta después del nuevo vencimiento de Ganancias y estableció el 23 de octubre como fecha para ejecutar el proceso correspondiente a este año.
Qué información se utiliza
Entre los principales parámetros se encuentra el nivel de ingresos. Para ser considerado pequeño contribuyente, los ingresos no deben superar el equivalente a los ingresos brutos máximos de la categoría K del Monotributo vigente en diciembre del año anterior al proceso.
En los casos en que corresponde presentar Ganancias, ARCA considera el total de ingresos gravados y exentos consignados en la declaración jurada. También puede utilizar información proveniente de las remuneraciones declaradas por los empleadores a través de los formularios F. 931 y de los ingresos derivados de jubilaciones y pensiones.
El análisis también contempla la situación patrimonial cuando existe una declaración jurada de Bienes Personales correspondiente al período anterior. En ese caso, se toma el total de bienes informado, sin descontar los mínimos no imponibles, y se lo compara con los importes establecidos por la normativa.
La postergación tiene así un efecto concreto sobre el proceso de clasificación. Una declaración jurada presentada con información incompleta, errónea o todavía no revisada podría generar una caracterización que no refleje correctamente la situación fiscal del contribuyente.
El objetivo del cambio es que ARCA pueda realizar la evaluación con información más completa una vez finalizado el plazo de presentación de Ganancias. La propia resolución señala que el diferimiento busca contar con los datos necesarios para efectuar, cuando corresponda, la caracterización de cada sujeto como pequeño contribuyente.
La condición tiene relevancia dentro del esquema de facilidades de pago de ARCA, ya que los pequeños contribuyentes constituyen una de las categorías contempladas por el régimen permanente de regularización. La caracterización figura en el Sistema Registral y puede ser utilizada al momento de determinar la posibilidad de acceder a determinadas condiciones del régimen.
Con la nueva disposición, el proceso sistémico que debía realizarse en septiembre queda excepcionalmente postergado hasta el 23 de octubre de 2026, luego del vencimiento establecido para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias.








