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Senasa impone Microchip y documentos digitales para el movimiento de equinos

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Senasa impone Microchip

La nueva normativa del SENASA modifica la documentación y trazabilidad de los equinos. El microchip será obligatorio para animales movilizados y los documentos digitales reemplazarán al papel.

El traslado de equinos en Argentina tendrá nuevas condiciones sanitarias a partir de los próximos años. El SENASA modificó las reglas que regulan la identificación individual y la documentación de los animales, incorporando un sistema que combina microchip, registros digitales y geolocalización.

La actualización busca reforzar la trazabilidad y disponer de información más precisa sobre los animales que se movilizan. El cambio también establece un cronograma para abandonar progresivamente la documentación sanitaria en papel.

La Resolución N.° 831/2026, oficializada mediante el Boletín Oficial, fija las nuevas pautas y contempla una transición gradual. El proceso involucrará a propietarios, establecimientos, veterinarios, entidades del sector y desarrolladores de las herramientas tecnológicas utilizadas para realizar los trámites.

Qué exige la nueva identificación equina

El punto que marcará un cambio más concreto será la obligatoriedad de identificar electrónicamente a los equinos que sean movilizados. La exigencia comenzará a regir el 1 de marzo de 2027.

Desde esa fecha, los animales deberán contar con un transpondedor inyectable, conocido como microchip, que deberá ajustarse a las especificaciones técnicas establecidas por la normativa vigente.

La colocación tendrá que efectuarse en el tercio medio del lado izquierdo del cuello. Una vez realizada, la identificación deberá quedar registrada en el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) del SENASA.

El registro podrá concretarse mediante aplicaciones digitales homologadas oficialmente, por autogestión o de manera presencial en las oficinas del organismo.

La identificación también deberá ser comprobada en diferentes momentos del circuito sanitario. Entre las situaciones previstas aparecen la toma de muestras serológicas necesarias para el traslado, el alta de la documentación sanitaria, la aplicación de tratamientos veterinarios y las gestiones relacionadas con movimientos internacionales.

También será necesaria en los procedimientos vinculados con el ingreso a la zona libre de Anemia Infecciosa Equina (AIE).

Microchip, trazabilidad y documentación digital

La reforma establece una relación más directa entre la identificación del animal y su información sanitaria. La intención es que los movimientos puedan quedar respaldados por registros individuales y actualizados, facilitando las tareas de prevención y control.

En paralelo, el SENASA aprobó la Libreta Sanitaria Equina Digital (LSED) y el Pasaporte Equino Digitalizado (PED). Ambos instrumentos forman parte del proceso mediante el cual la documentación sanitaria equina pasará progresivamente del papel a los sistemas informáticos.

La LSED tendrá carácter oficial y deberá gestionarse en el SIGSA o mediante aplicaciones digitales que cuenten con la correspondiente autorización.

Para los propietarios que actualmente cuentan con un Pasaporte Equino en formato papel, la normativa establece la necesidad de digitalizarlo y cargarlo en el sistema del SENASA. El documento físico podrá mantenerse y conservará su validez para el movimiento de animales, siempre que también figure registrado digitalmente.

El calendario de transición establece otro punto importante: desde el 31 de diciembre de 2026 dejarán de emitirse nuevas Libretas Sanitarias Equinas en papel. Sin embargo, las ya existentes seguirán siendo válidas hasta el 31 de diciembre de 2027.

Senasa impone Microchip

Un sistema con geolocalización

Los cambios también alcanzarán a la manera en que se respaldarán los movimientos de equinos dentro del territorio nacional. A partir del nuevo esquema, estos traslados estarán amparados mediante la LSED o el PED y deberán incluir el registro geolocalizado del establecimiento de destino a través de una aplicación móvil.

La digitalización permitirá concentrar distintos datos vinculados con el animal y sus movimientos, una herramienta que el SENASA considera relevante para fortalecer la trazabilidad y mejorar la capacidad de respuesta ante situaciones sanitarias.

No todos los movimientos tendrán exactamente el mismo mecanismo documental. En los casos vinculados con la exportación o importación de animales, la provisión de équidos destinados a faena de exportación o el ingreso a la zona libre de AIE, continuará vigente el Documento de Tránsito electrónico (DT-e).

La resolución también establece obligaciones para las empresas y desarrolladores responsables de las aplicaciones utilizadas para gestionar la documentación digital. Antes de funcionar deberán obtener la homologación oficial y presentar ante el SENASA la documentación técnica correspondiente, incluidos los mecanismos destinados a validar datos y garantizar la interoperabilidad con los sistemas del organismo.

El proceso fue elaborado a partir del trabajo conjunto entre el SENASA y representantes del sector privado, entidades vinculadas con los équidos de alto movimiento y la actividad hípica, además de colegios y consejos veterinarios de todo el país.

Con este nuevo marco, el organismo busca avanzar hacia un esquema de identificación y documentación más preciso, con herramientas digitales que permitan mejorar la prevención, el control sanitario y la bioseguridad durante los traslados. El objetivo final es contar con una trazabilidad más eficiente y una respuesta más rápida ante eventuales emergencias sanitarias.

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