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Canales clandestinos: cómo será el nuevo régimen bonaerense

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Canales clandestinos

Los canales clandestinos y las obras hidráulicas sin autorización podrán ser regularizados mediante un nuevo procedimiento que comenzará en tres subregiones de la Cuenca del Río Salado.

La Provincia de Buenos Aires creó un régimen especial para ordenar la situación de obras hidráulicas construidas sin los permisos exigidos, pero que actualmente cumplen una función en el manejo de los excedentes de agua.

La iniciativa fue establecida por el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos en el marco del Código de Aguas y tendrá inicialmente alcance sobre las subregiones A2, A3 y B3 de la Cuenca del Río Salado.

Una regularización con alcance regional

El programa está dirigido principalmente a obras secundarias y terciarias de drenaje construidas por municipios y productores para complementar la red de drenaje superficial existente. Se trata de intervenciones que, en muchos casos, fueron ejecutadas hace años y que actualmente continúan funcionando pese a no haber sido incorporadas formalmente al sistema hídrico.

La problemática tiene una explicación vinculada con las características del territorio. En amplias zonas del noroeste bonaerense, la topografía no permite contar con una red natural de drenaje completamente desarrollada. Frente a esa situación, se fueron construyendo diferentes obras para conducir el agua excedente.

La red resultante combina infraestructura principal realizada por la Provincia con canales y conducciones secundarias o terciarias impulsadas por municipios y productores.

El nuevo régimen busca determinar qué obras pueden ser reconocidas, cuáles requieren adecuaciones y cómo quedarán a cargo de su operación y mantenimiento una vez regularizadas.

Canales clandestinos y control del agua

Los antecedentes de la nueva medida se encuentran también en los planteos realizados por distintos municipios durante actividades desarrolladas en 2025, en el marco de episodios extraordinarios de excesos hídricos.

Según los fundamentos de la resolución, los gobiernos locales plantearon la necesidad de encontrar una solución para obras hidráulicas antiguas que tienen interés general. Entre ellas se encuentran intervenciones relacionadas con caminos rurales y aquellas destinadas al desagüe de determinadas microcuencas.

Los caminos tienen un papel particular dentro de este sistema. En terrenos llanos pueden actuar como receptores de excedentes de lluvia y, en zonas bajas, pueden sufrir anegamientos. Para mantener su funcionamiento pueden requerirse terraplenes y obras de cruce que permitan garantizar el escurrimiento.

La Provincia plantea que las obras existentes que aportan al funcionamiento del sistema hídrico no necesariamente deben permanecer en una situación irregular si pueden ser evaluadas, adecuadas y formalizadas.

El régimen contempla incluso situaciones en las que ya existe un procedimiento administrativo por clandestinidad. Las obras denunciadas bajo el mecanismo establecido por la Resolución MIySP N° 46/26 podrán ingresar al nuevo programa y, mientras se tramite su regularización, quedará suspendido el procedimiento de declaración de clandestinidad.

De esta manera, la nueva herramienta busca concentrar el análisis en la utilidad y las condiciones técnicas de cada intervención.

Cómo será el trámite

El proceso de regularización estará dividido en tres fases. En la primera, el municipio interesado deberá presentar una nota ante el Comité de Cuenca correspondiente. El organismo deberá emitir una no objeción para que la obra pueda incorporarse al programa.

Luego comenzará la segunda etapa, durante la cual se deberá presentar la documentación requerida ante la Autoridad del Agua. Tras analizar el expediente, el organismo podrá emitir el Certificado de Incorporación al Programa cuando corresponda.

La tercera fase estará centrada en el análisis técnico y en la aprobación de la documentación necesaria para completar la regularización.

El sistema diferencia entre obras que pueden ser incorporadas sin modificaciones y aquellas que necesitan trabajos de adecuación. Cuando sean necesarias obras adicionales, el municipio que haya solicitado la incorporación deberá hacerse cargo de su ejecución.

Una vez aprobadas, las tareas de operación y mantenimiento también quedarán bajo responsabilidad del municipio. Para ello deberá presentar un programa de acciones, aunque existe la posibilidad de conformar Consorcios Mixtos de Usuarios de Aguas Públicas junto con los beneficiarios directos.

La primera etapa alcanzará a las subregiones A2, A3 y B3 de la Cuenca del Río Salado. La A2 comprende partidos como Junín, Lincoln, General Villegas, Carlos Tejedor, 9 de Julio y Bragado; la A3 incluye, entre otros, Carlos Casares, Trenque Lauquen, Daireaux y Pehuajó; mientras que B3 abarca partidos como Roque Pérez, Olavarría, Bolívar, 25 de Mayo, Saladillo, General Alvear, Las Flores y Tapalqué.

El programa podría ampliarse posteriormente a toda la Cuenca del Río Salado y a otras cuencas de la provincia.

La medida se integra además con la política bonaerense de reactivación de los Comités de Cuenca, concebidos como ámbitos de coordinación entre organismos públicos, municipios y usuarios del agua para prevenir y gestionar los excedentes hídricos.

El objetivo final es que las obras que hoy se encuentran fuera del marco legal puedan ser evaluadas y, cuando resulte técnicamente viable, incorporadas al sistema formal de gestión del agua.

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